miércoles, 11 de mayo de 2011

Claves para entender la ley de prepagas

Se impide el rechazo de afiliados por edad o por enfermedades preexistentes; los ejes de la norma


Claves para entender la ley de prepagas
Foto LA NACION / Marcelo Gómez

La ley que regula el sistema de prepagas fue aprobada ayer por amplia mayoría en el Congreso. Votada originariamente en la Cámara de Diputados por unanimidad y modificada este año en el Senado con el acuerdo de todos los bloques, obtuvo ayer 190 votos a favor, ninguno en contra y 29 abstenciones, en su mayoría de miembros de Pro y de la Coalición Cívica (CC).

La reforma contempla nuevos beneficios para los usuarios, pero es fuertemente resistida por las empresas más grandes del sector.

En 31 artículos, la ley introduce estas modificaciones:

  • Obliga a las empresas a cubrir planes de cobertura médico-asistencial, el Programa Médico Obligatorio (PMO) y el sistema con prestaciones básicas para personas con discapacidad.

  • Las prestaciones de las empresas no podrán ser inferiores al PMO.

  • Los contratos de prestaciones deben ser autorizados por el Ministerio de Salud y los usuarios pueden rescindirlos en cualquier momento.

  • La edad no puede ser un criterio de rechazo de admisiones.

  • Las empresas no pueden rechazar la afiliación de personas con enfermedades preexistentes, pero sí aplicar valores diferenciales debidamente justificados y autorizados.

  • A los mayores de 65 años, con diez años de antigüedad en la cobertura, no se les puede aumentar la cuota.

  • Se impondrían mecanismos para que desde el Gobierno se autorice o no el aumento de las cuotas.

  • Los contratos entre las empresas y los usuarios no pueden incluir períodos de carencia o espera para todas aquellas prestaciones que se encuentran incluidas en el PMO

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